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Gobierno

04 mar 2024 - 5:15 p. m.

Detalles del borrador de resolución sobre financiación de los Equipos Básicos de Salud

El documento también establece los requisitos para su conformación y sus responsabilidades. 

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04 mar 2024 - 5:15 p. m.

El Ministerio de Salud publicó un borrador de resolución en la que se definen las condiciones y responsabilidades para la conformación, operación, recursos, monitoreo y seguimiento de los Equipos Básicos de Salud financiados con los recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).

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De acuerdo con el documento, se entiende como Equipos Básicos de Salud a aquellos que corresponden
a la estructura funcional y operativa de los prestadores de servicios de salud y que cuentan con "capacidad de ejecutar acciones de forma permanente y sistemática para el cuidado integral de la salud de las personas y familias por curso de vida en los diferentes entornos". 

Las disposiciones contenidas en la normativa tendrían como ámbito de aplicación las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Empresas Sociales del Estado (ESE), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), las Secretarías de Salud Municipales, entre otras entidades que integran el sistema de salud colombiano.

El borrador también establece los requisitos para la conformación de estos grupos, su operación y responsabilidades. 

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Asimismo, el proyecto de resolución revela que los equipos prestarán servicios y atenciones en salud a las personas, familias y comunidades en el territorio asignado, mediante la modalidad extramural, con la articulación para la continuidad del cuidado en el contexto de las redes.

Así las cosas, estos "contribuirán a incrementar las coberturas de las intervenciones individuales de promoción de la salud, detección temprana, protección específica y gestión para la vigilancia epidemiológica y la atención de las enfermedades de interés en salud pública a cargo de las EPS, de acuerdo con las necesidades en salud identificadas en el marco de la implementación de la estrategia de Atención Primaria en Salud (APS)". 

De la misma manera, el texto señala que su financiación se efectuará con los recursos provenientes de la UPC de los regímenes contributivo y subsidiado. Además, se menciona que la entidad encargada de administrar y registrar ese porcentaje será Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres). 

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El valor de la UPC

A finales del 2023, el Ministerio de Salud fijó el valor anual de la UPC para el año en curso, incrementándolo en un 12,01 %.

De esta manera, se estableció que el valor anual para el régimen contributivo se ubicara en $1.444.086 y en un valor diario de $4.011,35; mientras que para el régimen subsidiario, el monto quedó en $1.256.07, lo que representa un valor diario de $3.489,10. 

No obstante, desde varios frentes se ha mencionado que el ajuste de este indicador fue insuficiente, puesto que no alcanza para solventar el déficit que enfrenta actualmente el sistema de salud. Una situación que ha empezado a afectar a los pacientes y la provisión de medicamentos vitales para poblaciones con enfermedades huérfanas, de alto costo y degenerativas.

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