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La Ley BIC y la armonización de ganancias y aporte social

La sanción de la norma convierte a Colombia en el tercer país en el mundo en contar con una legislación de este tipo.

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El 18 de junio fue sancionada por el presidente de la República la Ley 1901 del 2018, por la cual se crean y desarrollan sociedades comerciales de Beneficio e Interés Colectivo (BIC), a través de la cual se reconoce y protege la existencia de empresas que buscan generar un impacto social y ambiental en el mismo nivel que buscan impacto económico para sus accionistas, contribuyendo a la solución de problemas sociales y ambientales desde su modelo de negocio.

Esto convierte a Colombia en el tercer país en el mundo, y el primero en Latinoamérica, en contar con una legislación de este tipo, luego de Italia y más de 30 estados de Estados Unidos, lo que nos impone grandes retos para ser el faro regional en esta materia.

Empecemos por aclarar que las empresas BIC y las ‘Empresas B certificadas’no son lo mismo. La primera es un reconocimiento normativo a nivel de país (o Estado en el caso de los Estados Unidos) que reconoce y promueve este tipo de compañías, mientras que la segunda son firmas que deciden certificarse cumpliendo con unos altos estándares de prácticas en ciertas áreas, lo que se ve reflejado a través del uso de un sello que las identifica como tales.

Ambas comparten la necesidad de construir una economía de triple impacto que utiliza los negocios como una fuerza de transformación para hacer el bien. Las ‘B certificadas’ pueden convertirse en uno de los estándares independientes para certificar a una empresa BIC, pero en un ecosistema mucho más amplio.

Para entender la importancia y dimensión de este hecho, debemos entender el contexto en el cual las empresas desarrollan su función social. Según el barómetro de confianza global de Edelman, estamos en un momento global en el que tan solo 15% de las personas consideran que el actual sistema funciona, sistema que involucra a estados, diversas instituciones como la Iglesia y las Fuerzas Armadas y, por supuesto, el sector privado; sumado a otros resultados como la encuesta global de confianza de Gallup, la cual reporta que solo 21% de la población confía en las grandes empresas. Y a nivel local, de acuerdo al Latinobarometro del 2015, en Colombia solo 38% de las personas confía en las empresas privadas.

En este contexto de desconfianza y desesperanza surge una figura empresarial que busca generar un impacto social y ambiental en la misma magnitud y con la misma rigurosidad con la que buscan maximizar los rendimientos financieros, hasta hace poco la única variable de medición de éxito en los negocios. Estas empresas, que han tenido un crecimiento exponencial a nivel global desde el 2010, cuando se dio impulso a esta legislación, hoy llegan a más de 5.000 en Estados Unidos e Italia.

Como lo he mencionado, la figura más emblemática son las Empresas B, que no son los mismo que las BIC, sino que entran a hacer parte de un ecosistema más amplio de firmas de triple impacto y que miden su impacto social y ambiental con un riguroso proceso de evaluación. De estas, hay más de 350 en América Latina y cientos más en otras regiones que hoy no cuentan con la legislación, pero en donde el movimiento de empresas B ha crecido adaptándose a las necesidades de los mercados, los consumidores y los inversionistas.

En Colombia, esta legislación llega cuando en el país hay más de 50 Empresas B certificadas y un ecosistema de emprendimiento con propósito que crece de la mano de reconocidos grupos empresariales, como Bancolombia; organismos multilaterales, como la CAF, el FOMIN y la Agencia de Cooperación Canadiense, y de decenas de empresas certificadas que promueven este propósito.

La Ley, jalonada desde sus inicios por el electo presidente Iván Duque, con el apoyo de toda su bancada, refleja en buena parte la esencia de la Ley Modelo, en cuyo diseño participaron abogados de todo el mundo para alcanzar un consenso global sobre esta normatividad. Sin embargo, aún hay que fortalecer aspectos claves, como la protección a los administradores y la definición de los estándares independientes que pueden definir la existencia de una empresa BIC. Asimismo, se debe aclarar información imprecisa con respecto a las características de estas compañías.

Tenemos un gran reto en la reglamentación de la Ley y esperamos se puedan oír las voces de los empresarios y actores que hemos impulsado esta nueva forma de medir el éxito en la economía.

Juan Camilo Potes
Director Ejecutivo de Sistema B Colombia.

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